Colombia y el Arbitraje desde la esfera Internacional
En Colombia desde el 12 de octubre del 2012 empezó a regir la Ley 1563, que regula el Arbitraje Nacional e Internacional.
Esta regulación del
arbitraje internacional, sin duda, sitúa a nuestro país entre los que se
consideran desarrollados en esta materia, pues siguió de cerca la Ley Modelo de
UNCITRAL (Siglas en Ingles), lo cual se considera deseable en este ámbito, y
acogió disposiciones que provienen de otras legislaciones consideradas ‘de
avanzada’, como la peruana y la suiza, o que se derivan de experiencias
favorables en la práctica arbitral.
La Ley Modelo UNCITRAL sobre
Arbitraje Comercial Internacional de 1985 en el artículo 7.2 preveía que: “El
acuerdo de arbitraje deberá constar por escrito. Se entenderá que el acuerdo es
escrito cuando esté consignado en un documento firmado por las partes, o en un
intercambio de cartas, télex, telegramas u otros medios de telecomunicación que
dejen constancia del acuerdo, o en un intercambio de escritos de demanda y
contestación en los que la existencia de un acuerdo sea afirmada por una parte
sin ser negada por otra.
Aunque aún no tenernos las
suficientes garantías para manejar la imparcialidad como es el caso de México,
donde tienen un escenario y trayectoria como un país donde el Arbitraje
internacional es exitoso, podemos creer que a partir de la culturización de cada
uno de nosotros y de la creación de los escenarios suficientes para
garantizar las neutralidad de aquellos que pudieran recurrir a nuestro
país como lugar para resolver conflictos
comerciales de carácter público o privado, podríamos lograr un mayor
reconocimiento internacional.
A través de la historia se ha demostrado que en realidad que si
logramos establecer reglas uniformes que permitan a nuestros comerciantes y
empresarios pactar el arbitraje en cualquiera de nuestros países, permitiendo así
que elijan el lugar del arbitraje
exclusivamente con base a criterios como neutralidad, los costos y los
servicios, habremos avanzado en la
dirección correcta para promover un verdadero crecimiento del comercio en
nuestra región.
Como referencia quisiera
compartir con ustedes la siguiente exposición por parte de juristas de la ANI .
Bibliografía:
·
Problemática del arbitraje internacional en Latinoamerica-http://www.arbitrajecomercial.com/BancoConocimiento/P/problematica_del_arbitraje_internacional_en_latinoamerica/problematica_del_arbitraje_internacional_en_latinoamerica.asp?CodSeccion=1
No hay comentarios:
Publicar un comentario